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Nueva ley que elimina la inmovilización de las motocicletas por las infracciones d3, d4, d5, d6 y d7

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La Veeduría de Motociclistas, desde el pasado mes de mayo del año 2023, viene trabajando, aportando y gestionado para proteger y respaldar este proyecto de ley que buscaba eliminar la inmovilización de las motocicletas a nivel nacional por las infracciones D3, D4, D5, D6 y D7.

En este sentido, y gracias a que este proyecto de ley ya sorteo de manera favorable  los debates en el Congreso de la república, por lo que a hoy ya es una hecho, que tenemos una nueva ley de la República, en la que se elimina la inmovilización de las motocicletas dando solamente a la imposición de la orden de comparendo por estas presuntas infracciones:

CODIGO DE INFRACCIÓNINFRACCIÓN
D3Transitar en sentido contrario al estipulado para la vía, calza-da o carril.
D4No detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo, una señal de “PARE” o un semáforo intermitente en rojo.
D5Conducir un vehículo sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, bermas, demarcaciones de canalización, zonas ver-des o vías especiales para vehículos no motorizados.
D6Adelantar a otro vehículo en berma, túnel, puente, curva, pasos a nivel y cruces no regulados o al aproximarse a la cima de una cuesta o donde la señal de tránsito correspondiente lo indique.
D7Conducir realizando maniobras altamente peligrosas e irresponsables que pongan en peligro a las personas o las cosas.

En virtud a lo anterior, a la fecha de la entrada en vigencia de esta Ley, ninguna autoridad de control en vía a nivel nacional, es decir, que ni la Policía de Carreteras, ni la Policía de Tránsito y Transporte en cada municipio, ni los Agentes de Tránsito (los de uniforme azul) ninguno de ellos podrán inmovilizar las motocicletas por estas presuntas infracciones, ya que solo podrán imponer la respectiva orden de comparendo.

Así mismo, los motociclistas que consideren que fue arbitraria y/o injustificada la imposición de dichos comparendos, tienen el derecho Constitucional FUNDAMENTAL al debido proceso y por ende, a la justa defensa, razones por las cuales, les recordamos y recomendamos especialmente, volver a usar las cámaras de video y/o similares, ya que al tener este material probatorio es vital para poder tener un adecuado proceso de impugnación, y por lo tanto, poder tener un fallo favorable, o como se dice coloquialmente, poder “tumbar esos comparendos”.

«En este orden de ideas, y en los casos que se llegase a presentar cualquier situación anómala o actuación arbitraria en la imposición de estas órdenes de comparendo en vía, o ante presuntos abusos de autoridad o extralimitaciones o mal trato recibido dentro del procedimiento,  favor informarnos a los siguientes canales, para asesorarlos y acompañarlos en el proceso#, manifesto Cesar Celis, presidente de la Veeduria de Motociclistas

Email: veeduriademotociclistas@gmail.com

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Finalmente, es importante recordar, que este adefesio en contra de los motociclistas, este “horroroso mico fue montado»  en la ley 1383 de 2010 que modificó la ley 769 de 2002 Código Nacional de Tránsito – CNT.

Como Veeduría de Motociclistas, estamos haciendo un especial seguimiento para poder determinar con total certeza qué fue lo que pasó en el trámite en el Congreso de la República de la ley 1383 de 2010, y de esta manera poder establecer cuál de los Honorables Parlamentarios propuso esta inadmisible y errática medida, o si fue por descuido o si por algún oscuro y particular interés a favor de terceros, que se dejó meter semejante «mico» que por las arbitrarias inmovilizaciones a nivel nacional, ya supera con creces al gran King Kong.

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