El decreto legislativo 558 del 15 de abril de 2020, que pretendía que Colpensiones asumiera el riesgo fiscal y pagara las pérdidas de los fondos privados, fue tumbado el día de ayer, por la Corte Constitucional.
La Corte Constitucional afirmó: “La Corte declaró inconstitucional el Decreto Legislativo 558, sobre medidas para disminuir temporalmente la cotización al SGSS y pensiones bajo la modalidad retiro programado. Los primeros 5 artículos se declararon inexequibles 6-3, los 9 artículos finales inexequibles 7-2”.
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La Corte declaró constitucional el Decreto Legislativo 576 de 2020 dirigido a contrarrestar los efectos del Covid-19 en el sector de juegos de suerte y azar. Con ponencia del Magistrado Alejandro Linares obtuvo una votación de 6-3. #SalasPlenasVirtuales
— Corte Constitucional (@CConstitucional) July 23, 2020
Expertos habían afirmado que Colpensiones podría llegar a la quiebra gracias a este decreto, que beneficiaba principalmente al dueño de las pensiones en Colombia, Luis Carlos Sarmiento Angulo.
En el capítulo 2 del artículo 6 del decreto 558, se encontraba la trampa, excusada en la emergencia sanitaria que atraviesa el país, la pensión de retiro programado, le traería un hueco fiscal a Colpensiones, mientras las AFP (Administradoras de fondos de pensiones) estarían ganado a través del traslado de 20 mil pensionados al fondo público.
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