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Operación Orión: Corte IDH declaró que Colombia es responsable por la desaparición forzada de un jóven en la comuna 13 de Medellín

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En la Sentencia del caso Guzmán Medina y otros Vs. Colombia, notificada hoy, la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró que el Estado es responsable por la desaparición forzada del señor Arles Edisson Guzmán Medina.

El documento de la sentencia indica que los hechos del presente caso tuvieron lugar en Medellín en el 2002 y se dieron en el marco del “plan de recuperación social” que tuvo diversos operativos militares en la Comuna 13, entre ellos el conocido como la “Operación Orión”.

Una acción armada que se consigna en el documento ‘comenzó en la madrugada del 16 de octubre de 2002 y se prolongó hasta el 22 de octubre y fue una operación entre el Ejército Nacional y el Bloque Cacique Nutibara (BCN) en el cual se dieron desapariciones forzadas, detenciones arbitrarias, atentados contra la vida y la integridad personal, amenazas de muerte, y desplazamientos de los habitantes de la comuna indicada’.

Con posterioridad a la “Operación Orión”, en un proceso de consolidación de esta, el Bloque Cacique Nutibara ingresó a la Comuna 13 y se volvió el grupo hegemónico y continuaron con expulsiones, desplazamientos y desapariciones forzadas, y un alto número de inhumaciones clandestinas, específicamente en los sectores de “La Arenera” y “La Escombrera”.

Caso Guzmán Medina y otros Vs. Colombia

El comunicado de prensa de la Corte IDH indica:

Al momento de los hechos, Arles Edisson Guzmán Medina tenía 29 años de edad, estaba casado
y vivía con Luz Enith Franco Noreña. El 30 de noviembre de 2002, aproximadamente a las 7:30
p.m., dos hombres vestidos de civil en un taxi llegaron al lugar donde se encontraba trabajando
el señor Guzmán Medina, quien conversó brevemente con ellos, y le indicó a su esposa que debía
irse con estos hombres para responderles unas preguntas. Luz Enith mostró su preocupación
ante este hecho, y uno de los hombres le indicó que Arles Edisson debía ir con ellos porque las preguntas se las haría su “patrón”. Arles Edisson procedió a ingresar al taxi y desde entonces,
se desconoce su paradero.

En la jurisdicción interna se abrieron distintos procesos para investigar los hechos ocurridos el
30 de noviembre de 2002. A la fecha, todavía no se ha logrado determinar el paradero del señor
Guzmán Medina.

La Corte Interamericana estableció que, en virtud del reconocimiento de responsabilidad
internacional hecho por el Estado, su jurisprudencia constante en materia de desaparición
forzada y de los hechos probados, da por acreditado que la sustracción y posterior desaparición
forzada del señor Guzmán Medina, es atribuible a las BCN quienes actuaban con colaboración de
autoridades estatales.

Al respecto, la Corte resalta que, en su reconocimiento de
responsabilidad, el Estado señaló que es razonable inferir que los crímenes cometidos por el
BCN, en este caso, son atribuibles al Estado colombiano. Lo anterior debido a que los hechos se
presentaron en un contexto comprobado de relacionamiento entre agentes estatales y grupos
paramilitares en la fase de consolidación de la “Operación Orión”.

Además, indicó que hay una
coincidencia entre el modus operandi del BCN y las circunstancias de la desaparición.
Además, la Corte concluyó que el Estado violó los derechos a las garantías judiciales, a la
protección judicial, al derecho a conocer la verdad respecto a lo sucedido con el señor Arles
Edisson Guzmán Medina.

Asimismo, la Corte concluyó que a raíz de esta situación, Luz Enith Franco Noreña, esposa del
señor Guzmán Medina y sus familiares, sufrieron daños a la integridad personal y a la protección
de la familia. Adicionalmente, respecto a la señora Luz Enith, este Tribunal indicó que respecto
a la labor de búsqueda de su esposo, los Estados tienen la obligación de realizar acciones para
reconocer y garantizar la labor de las mujeres buscadoras en la prevención e investigación de la
desaparición forzada de modo tal que dicha labor sea ejercida sin obstáculos, intimidaciones o
amenazas, asegurando la integridad personal de las mujeres buscadoras.


En razón de las violaciones declaradas en la Sentencia, la Corte ordenó diversas medidas de
reparación.

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