[Vídeo] Hablemos sobre la Libertad de culto – Segunda entrega
La libertad de culto o libertad religiosa es un derecho fundamental que se refiere a la opción de cada ser humano de elegir libremente su religión, de no elegir ninguna, o de no creer o validar la existencia de un Dios y ejercer dicha creencia públicamente, sin ser víctima de opresión, discriminación o forzar su cambio.
La libertad religiosa es reconocida por el derecho internacional en varios documentos, como el artículo 18 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el artículo 18 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; el art. 27 de este mismo pacto garantiza a las minorías religiosas el derecho a confesar y practicar su religión. De la misma forma lo hace la Convención de los Derechos del Niño, en su art. 14, y el artículo 9 de la Convención Europea de Derechos Humanos.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos garantiza la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. La Declaración Universal de los Derechos Humanos, en el citado artículo 18, indica:
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
Es por ello que en nuestra localidad este compromiso se reafirmó con la expedición por parte de la Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe con el Decreto 007, el 11 de julio de 2019, por medio del cual se crea el Comité Local de Libertades Fundamentales de Religión, Culto y Conciencia como la instancia consultiva y de participación ciudadana de la administración local, en materia de libertades de religión, culto y conciencia.
De esta forma se permite a distintas iglesias, confesiones, denominaciones y organizaciones de inspiración religiosa, que tienen presencia en la localidad y que han sido legalmente reconocidas por el Estado, desarrollar estrategias conjuntas con la institucionalidad, para promover y proteger sus derechos, así como fortalecer el trabajo social que ya realizan, posicionando los temas que son de su interés. Su participación es fundamental para continuar avanzando en la garantía de los derechos fundamentales de religión, culto y conciencia.

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