Alerta amarilla ante emergencia sanitaria en Bogotá
El llamado de acudir a la declaratoria de emergencia sanitaria lo realizó el concejal, Jorge Torres ante la Ley de Garantías que rige hasta después de las elecciones presidenciales incluso en segunda vuelta, pues la Administración Distrital está impedida para efectuar contrataciones directas de un nuevo operador que se encargue del tema de escombros que afectan humedales en varias localidades de la capital.
La solicitud es consecuencia de la gran cantidad de escombros que afectan los ríos, canales, quebradas e incluso humedales y los Cerros Orientales.
En el cierre del debate por el nuevo esquema de aseo, el concejal Jorge Torres, basado en un detallado estudio que incluyó trabajo de campo y consideraciones jurídicas, solicitó que se declare emergencia sanitaria en Bogotá dada la grave afectación en la estructura ecológica principal por acumulación de escombros, circunstancia que pudo corroborar en humedales y rondas de ríos como el Bogotá, además de la verificación hecha recientemente en los cerros orientales y en quebradas de las localidades de San Cristóbal y Usaquén.
En un marco de emergencia sanitaria y/o de prevención o alerta amarilla, el Distrito podría hacer frente a la actual crisis desencadenada por no contemplarse en la actual operación de aseo ni la recolección ni la disposición final de escombros.
Otra alternativa que podría tomar el distrito frente a la situación es la urgencia manifiesta a través de la cual la Administración Distrital podría realizar contratación directa y así que un nuevo operador sea el que recoja los escombros que se advierten en las calles de la ciudad y ahora también en sitios que hacen parte del patrimonio ambiental de Bogotá.
Los humedales Jaboque en Engativá, Juan Amarillo y Córdoba en Suba, Torca Guaymaral en Usaquén, así como en la ronda del Río Bogotá también en la localidad de Engativá, se encuentran deteriorados y en seria amenaza por la presencia de escombros.
La prevalencia de la denominada estructura ecológica principal conformada por quebradas, canales, humedales, el Río Bogotá y los Cerros Orientales, hace perentorio que la Administración declare la emergencia.
Anteriormente, de 2003 a 2016, el incremento de escombros en el relleno sanitario Doña Juana fue de 710%. En promedio fueron dispuestos 215.500 toneladas anualmente en ese periodo en un lugar donde no se pueden dejar por el riesgo de derrumbe que representan.
Soporte jurídico
El artículo 15 del Acuerdo 019 de 1996 por el cual se creó el estatuto general de protección ambiental del Distrito Capital, otorgó facultades al Alcalde Mayor para declarar estados de alarma por contaminación en caso de ocurrencia, o de amenaza evidente de episodios de contaminación y proliferación de elementos contaminantes del aire, las aguas o los suelos, que ameriten la toma de medidas especiales por parte de la Administración para contrarrestarlos.
La declaración que solicita el concejal Torres está amparada por el artículo 322 de la Constitución Política el cual señala que “corresponde a las autoridades distritales garantizar el desarrollo armónico e integrado de la ciudad y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito”.
Así mismo el artículo 33 de la Ley 996 de 2005 o la ley de garantías permite hacer contratación directa cuando se considera que hay emergencia de tipo sanitario.
La Administración Distrital debe admitir el estado de crisis en que se encuentra la ciudad por la proliferación de escombros para a continuación determinar de qué forma le hace frente en los dos escenarios nombrados: alerta amarilla o urgencia manifiesta.
Fuente: Oficina de Prensa Somos Cultura Ciudadana

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