Conozca los beneficios que otorga el certificado electoral
Este documento que se entrega en las mesas de votación, le otorga beneficios a los ciudadanos que cumplieron con su deber constitucional.
El Decreto 2559 de 1997 consagra el Certificado Electoral como un instrumento público que contiene la declaración del Presidente de la mesa de votación, del Registrador Distrital o Municipal del Estado Civil del lugar donde se haya inscrito la cédula de ciudadanía, y expresa que el ciudadano cumplió con el deber de votar en las elecciones correspondientes.
Beneficios del certificado electoral
Los votantes tiene derecho a medio día de descanso compensatorio remunerado. El beneficio está contemplado en la ley 403 de 1997, en el artículo 3°. Esto debe ser concertarlo con el empleador directo hasta 30 días después de la elección.
Por cada elección se entrega un certificado electoral, es decir que por cada elección que se vote hay medio día compensatorio obligatorio.
El documento también sirve para pedir rebaja de un mes en el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio si son soldados bachilleres o auxiliares bachilleres y dos meses si son soldados campesinos o soldados regulares.
Puede obtener un descuento del 10% del valor en el trámite inicial y duplicado de la libreta militar.
A su vez, obtener rebaja del 10% en el valor de la expedición del pasaporte que solicite durante los 4 años siguientes a la votación, por una sola vez.
Descuento del 10% en el costo de la matricula en las instituciones educativas de educación superior oficiales.
¿Los beneficios del certificado electoral tienen alguna caducidad?
El artículo 2° del Decreto 2559 de 1997 señala que el certificado electoral se podrá utilizar por una sola vez para cada beneficio consagrado en la Ley 403 de 1997 y expirará con la realización de nuevas elecciones ordinarias. En cuanto a los descansos que contemplan las normas, la Ley indica que para el caso de jurados es de un día, que debe ser tomado dentro de los 45 días siguientes a la elección, y que para los votantes es de mediodía, el cual debe ser disfrutado dentro de los 30 días siguientes a la elección.

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