Fallo Histórico: Tribunal Superior de Bogotá Reconoce el Derecho a Consulta Previa del Pueblo Muisca de Suba
En un fallo histórico para la defensa de los derechos de las comunidades indígenas, el Tribunal Superior de Bogotá emitió un fallo histórico que reconoce el derecho a la consulta previa del pueblo indígena Muisca de Suba sobre un predio ubicado en la finca Monserrate, donde se encuentra el sitio sagrado Mirador de los Nevados. A partir de ahora, cualquier intervención que afecte este territorio deberá ser consultada con la comunidad.
El fallo responde a una acción de tutela interpuesta por el cabildo Muisca de Suba, tras la implementación del Plan Parcial de Desarrollo Altamaria, proyectado desde 2019 por el Distrito de Bogotá sin realizar la consulta previa correspondiente. Dicho plan ha generado impactos negativos como la contaminación de fuentes hídricas, pérdida de identidad cultural, fragmentación social, incremento en el costo de vida y deficiencias en el acceso a servicios públicos y vías en condiciones adecuadas.
«Las afectaciones como la urbanización de nuestro sitio sagrado, la contaminación de nuestros ríos y la destrucción de los ecosistemas son parte de las problemáticas que hemos enfrentado», afirmó Jeison Triviño Cabiativa, gobernador de la comunidad Muisca de Suba.
El Tribunal Superior de Bogotá analizó la pertinencia étnica diferenciada de la comunidad y falló a su favor, reconociendo el derecho fundamental a la consulta previa. El fallo establece que, en un plazo no mayor a tres meses, la Dirección de Consulta Previa del Ministerio del Interior, la Alcaldía de Bogotá y ARS Construcciones S.A.S. deberán construir junto con el pueblo Muisca una ruta que garantice su consentimiento libre e informado respecto a cualquier intervención en su territorio ancestral.
“Amparar a la comunidad Muisca de Suba que habita en el predio Monserrate, ubicado en la Kra 80 #150-31 de esta ciudad, el derecho al consentimiento previo, libre e informado y a los derechos colectivos e individuales que se deriven de este en su condición de comunidad étnica diferenciada”, resuelve la decisión en su artículo segundo.
Con este fallo, 30 familias Muiscas han logrado un reconocimiento legal que garantiza su derecho a pervivir, a ser informadas y a decidir sobre el futuro del territorio que históricamente han habitado. Un paso significativo hacia la protección de los derechos de las comunidades indígenas y la preservación de su legado cultural en Bogotá.

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