BogotaInteresMovilidadNoticias

Desde este jueves 29 hasta el martes 3 aplican restricciones a circulación de motocicletas ¡Horarios y medidas aquí!

¡Tenga en cuenta esta información de movilidad en Bogotá en el marco de Halloween 2026! Para conservar la seguridad y el orden público, así como proteger la vida y prevenir siniestros viales durante la celebración de Halloween de este año, Bogotá implementará nuevamente medidas de restricción para motocicletas, en horarios nocturnos y en corredores estratégicos de la ciudad. Revisa horarios y medidas. 

La primera medida restringe la circulación de motocicletas con acompañante desde las 6:00 p. m. hasta las 6:00 a. m. del día siguiente, durante las noches del 29, 30 y 31 de octubre y del 1 y 2 de noviembre, hasta las 6:00 a. m. del martes 3 de noviembre de 2026.

¿Quieres estar siempre informado?
Únete a nuestro canal de WhatsApp para recibir noticias directas y exclusivas:
WhatsApp Únete aquí al canal de Valaguela

La segunda medida restringe la circulación de motocicletas entre las 8:00 p.m. y las 4:00 a. m., las noches del 29, 30 y 31 de octubre y 1 y 2  de noviembre, hasta las 4:00 a. m. del martes 3 de noviembre de 2026. 

“El día de Halloween, como ya lo mencionamos, es muy importante para nuestras niñas y niños en la ciudad y las medidas que les vamos a presentar tienen ese objetivo y es que podamos regresar seguros a casa y celebrar en familia”, mencionó María Fernanda Ortiz, secretaria de Movilidad. 

Esta restricción aplicará exclusivamente en los siguientes 19 corredores viales:

  1. Autopista Norte.
  2. Autopista Sur.
  3. NQS.
  4. Avenida Boyacá.
  5. Avenida Ciudad de Cali.
  6. Avenida Las Américas.
  7. Avenida Suba.
  8. Calle 26 (Avenida El Dorado) .
  9. Calle 80.
  10. Carrera Séptima.
  11. Avenida Centenario (Calle 13) .
  12. Avenida Guayacanes.
  13. Avenida La Esperanza.
  14. Avenida Villavicencio.
  15. Avenida Circunvalar.
  16. Calle 53.
  17. Calle 63.
  18. Carrera 60.
  19. Carrera 68.

Las excepciones son las siguientes

Para facilitar la movilidad de quienes utilizan la motocicleta para prestar servicios esenciales, desarrollar labores de vigilancia o atender situaciones de emergencia se tienen excepciones. Para acceder a estas, los vehículos deberán cumplir las condiciones de identificación y acreditación correspondientes, según el caso.

Están exceptuadas las siguientes motocicletas:

● Las pertenecientes a la Fuerza Pública, organismos de seguridad del Estado, Policía Judicial, autoridades de tránsito y transporte, organismos de emergencia y socorro, y entidades de prevención y salud.

● Las de empresas de seguridad privada que se encuentren en servicio. Sus ocupantes deberán portar identificación oficial y autorización de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.  .

● Las que transporten personas en condición de discapacidad.

● Las que presten servicios para aseguradoras y personas jurídicas que brinden asistencia de conductor elegido o asistencia técnica automotriz.

● Las de empresas de servicios públicos domiciliarios. Sus ocupantes deberán portar identificación oficial.

● Las que hagan parte de la caravana presidencial.

● Las destinadas al servicio diplomático o consular.

● Las utilizadas para el control operacional y mantenimiento del Sistema Integrado de Transporte Público. Sus ocupantes deberán portar identificación oficial.

● Las vinculadas a empresas, plataformas tecnológicas o establecimientos de comercio que presten servicios de mensajería o domicilio, siempre que cuenten con logos, distintivos e identificación.

Valaguela Radio - Celebramos 10 años al aire

Valaguela Premios

VALAGUELA recibió la Orden Civil al Mérito Diana Turbay Quintero en el Grado Gran Cruz de Oro 2025

VALAGUELA - Medio de Comunicación Destacado del Año 2024
Mejor Medio de Comunicación Comunitaria del Distrito 2023
Reconocimiento TOTEM 2023
Premio Distrital de Comunicación Comunitaria 2021

Sigue VALAGUELA en WhatsApp WhatsApp .

EN VIVO: