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Concejal Emel Rojas rechaza la autorización de cambio de sexo en menores a partir de los 3 años: “Protejamos la infancia”

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El concejal de Bogotá, Emel Rojas, ha expresado su rechazo contundente a la reciente circular externa 2024150000000011-5 de 2024, emitida por el Superintendente de Salud, Luis Carlos Leal. Esta directriz, según Rojas, plantea una grave amenaza a los derechos fundamentales de los niños y niñas de Colombia, al permitir que menores desde los 3 años puedan someterse a procedimientos quirúrgicos de cambio de sexo, lo cual, asegura, vulnera la Constitución y la Ley.

El concejal denuncia que esta circular, respaldada por el gobierno del presidente Gustavo Petro, excede las competencias del Superintendente de Salud, quien, al interpretar la Sentencia T-218/22 de la Corte Constitucional, legisla sobre un tema que debería ser competencia exclusiva del Congreso de la República. “Estamos ante una situación que compromete la seguridad y el bienestar de nuestros niños. No podemos permitir que decisiones tan trascendentales como el cambio de sexo se tomen a edades tan tempranas, cuando aún no se ha desarrollado la madurez necesaria para decidir sobre la identidad de género”, afirmó Rojas.

La preocupación del concejal no se limita a la interpretación jurídica, sino que también se centra en el impacto emocional, psicológico y físico que este tipo de procedimientos podrían tener en los menores. Rojas argumenta que la circular en cuestión abre la puerta a la “castración química” de una población que, por su edad, aún no está en capacidad de comprender ni determinar su inclinación sexual. “Nuestros niños y niñas deben ser protegidos, y su desarrollo integral debe estar por encima de cualquier política apresurada que ponga en riesgo su futuro”, añadió.

El llamado de Rojas es claro: proteger a la infancia y garantizar un enfoque que respete los tiempos naturales de crecimiento físico, emocional y psicológico de los menores. En su opinión, el gobierno debe priorizar el bienestar de los niños y niñas en lugar de imponer medidas que, lejos de favorecerlos, podrían generar daños irreversibles en su desarrollo.

Rojas concluyó anunciando que, junto a otros actores, interpondrá una demanda contra la circular, buscando salvaguardar los derechos de los menores y prevenir cualquier medida que ponga en peligro su futuro. “Es urgente que como sociedad nos unamos en defensa de nuestros niños y niñas. Ellos no pueden ser objeto de decisiones precipitadas que afecten su vida para siempre”, sentenció el concejal.

La discusión sobre los servicios para niños y niñas trans

El acápite H de la circular se titula Infancias y adolescencias trans. Dice lo siguiente:

“Esta focalización se refiere a infancias y adolescencias trans que están en proceso de desarrollo. Sus necesidades específicas incluyen acceso a servicios de salud mental, educación en salud sexual y reproductiva, acompañamiento a sus grupos familiares o redes de apoyo social y apoyo para la afirmación o reafirmación de género. Las barreras incluyen el estigma y discriminación en entornos educativos y familiares, y la falta de servicios de salud adecuados para infantes y adolescentes. La relevancia de esta población focalizada es asegurar un desarrollo saludable y apoyo en la afirmación de identidad y/o expresión de género en estas etapas del ciclo de la vida, en conexidad a la toma de decisiones en salud y el derecho al consentimiento informado de niñas, niños y adolescentes mediante las sentencias c-900 de 2011, T-1025 d3 2022 (intersexualidad) T-560 de 2007, así como situaciones particulares de salud: interrupción voluntaria del embarazo, sentencia T-388 de 2009, esterilización quirúrgica, sentencia T-573 de 2016; afirmación de género, Sentencia T-218 de 2022, entre otras”.

La controversia está además dada porque la circular cita una sentencia de la Corte Constitucional que señala que la identidad de género comienza a los 3 años. Es la T-218 de 2022. Esta última estudió la autonomía de los niños, niñas y adolescentes para la toma de decisiones con relación a su vida, y libertad, incluyendo su sexo y la reafirmación de su identidad sexual.

Identidad de género a partir de los 3 años

La sentencia dice de manera concreta que el reconocimiento de género es un proceso que en los niños y niñas puede empezar a los 3 años. “Es claro que los menores de edad tienen derecho a la identidad de género, lo cual comprende el derecho a acceder a los tratamientos médicos de afirmación de género. Este reconocimiento también corresponde con el hecho de que el momento de ese autorreconocimiento de la identidad de género ocurre desde temprana edad. En particular, “la construcción de la identidad de género inicia en la primera infancia [desde los 3 años en adelante]”, asegura la sentencia.

Para algunos activistas como Jonathan Silva, esto podría ser una extralimitación de la Superintendencia por una regulación que en su opinión debería ser de una ley en el Congreso y no en un acto administrativo. “Estamos evaluando que opciones podemos tomar por lo que dice la circular frente a niños y niñas”, dijo a este periódico.

Desde el otro lado, la argumentación del superintendente Leal es que las barreras en contra de la población trans son reales y peligrosas para el derecho fundamental a la vida y a la salud de estas personas y debe cobijarse también a los niños en sus procedimientos.

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