Tala de Arboles Bosque de San Carlos y el Negocio del IDRD con las canchas sinteticas
En esta galería podrás ver el interior del parque Bosque de San Carlos y su espectacular naturaleza, las fotografías han sido tomadas por periodistas de nuestro portal días antes de conocerse una nueva tala de arboles al interior de de este patrimonio ambiental.
El Bosque de San Carlos es una de las reservas ambientales más importantes de la localidad, además es patrimonio por el legado histórico que representa cada uno de los árboles que hacen parte de este maravillosos lugar.
También este medio realizo el 3 de Julio un pequeño sobrevuelo en Dron sobre el lugar antes de iniciarse la tala de árboles, allí ya se encontraba demarcada la zona con cinta amarilla para iniciar la tala de los cinco árboles.
El parque Bosque de San Carlos es comúnmente conocido como el Pulmón de Bogotá por tratarse de un espacio lleno de árboles que satisfacen en mayor porcentaje de oxigeno a la capital, la belleza que se hospeda dentro de este paraíso natural es espectacular.
Sin embargo la administración Distrital ha talado mas de 40 árboles en este espacio; según informó la comunidad, los arboles que se han talado no presentaban ningún riesgo, y su fin es el de seguir ampliando las canchas sintéticas y aumentar los ingresos del IDRD, quienes actualmente tienen la competencia en cuanto al mantenimiento, dotación, administración, preservación y aprovechamiento económico del Parque Bosque San Carlos, de conformidad con lo establecido en el Decreto 619 de 2000 y demás normatividad vigente.
Los árboles que fueron talados anteriormente habilitaron el espacio para la construcción de la cancha sintética que se inauguro en el mes de mayo de 2016
Revisando algunas imagenes satelitales de la zona se puede apreciar como en la espesa masa natural se deja ver un espacio abierto que demarca la una cancha de fútbol.
Consultamos con algunas autoridades locales y vecinos del barrio, quienes tristemente argumentaron que el valor del préstamo de la cancha esta por un valor de $90.000 la hora, lo que podría llegar a ser un muy rentable negocio, al casi parecer estar privatizado el parque, que es de la comunidad, y que el IDRD, es quien directamente se podría estar beneficiando de dichos pagos por el alquiler de la cancha, incluso en alguna oportunidad este medio solicito el permiso para grabar desde la cancha uno de nuestros programas de Televisión y el señor vigilante menciono que el acceso estaba prohibido y se debía hablar con la administración del parque para poderlo alquilar.
De acuerdo con las denuncias reportadas por los ciudadanos, la nueva tala de estos cinco árboles que no representaban ningún riesgo, obedece a la posible ampliación y/o construcción de una nueva cancha sintética en la zona
El Parque Metropolitano Bosque de San Carlos se encuentra ubicado en la localidad de Rafael Uribe de Bogotá, entre las carreras 13 y 13A y las entre calles 27 A y 34 bis sur.
Las comunidades de los barrios Pijaos, San José, Gustavo Restrepo, Colinas, Quiroga, Bosque de San Carlos y Country Sur son los principales usuarios del lugar. Es un espacio mágico en el que deportistas y caminantes se enamoran y disfrutan de un ambiente para relajarse y respirar aire puro. Cada año se realiza la tradicional Luna da Atlética en la cual deportistas de todo el distrito se reunen para competir en este maravilloso espacio.
Por órdenes de @EnriquePenalosa, desconociendo a la comunidad del bosque San Carlos, el jardín botánico de Bogotá esta procediendo con la tala de árboles del bosque, en favoreciendo los negocios privados de las canchas sintéticas en Bogotá. pic.twitter.com/GlI94pBQlr
— Smith Morera (@SmithMorera) 11 de julio de 2018
DECRETO 381 DE 2003
(Octubre 24)
Por el cual se asignan funciones en relación con la administración del Parque Bosque San Carlos.
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA, DISTRITO CAPITAL
En ejercicio de las constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 38 y 39 del Decreto Ley 1421 de 1993, y,
CONSIDERANDO:
Que conforme con el numeral 3º del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 corresponde al Alcalde Mayor dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones a cargo del Distrito.
Que el Acuerdo 9 de 1990 creó el Departamento Técnico Administrativa del Medio Ambiente – DAMA- con funciones de carácter científico y técnico con el fin de desarrollar y vigilar la aplicación del Plan de Gestión Ambiental y preparar las medidas que deban tomarse para su adopción en el territorio del Distrito Especial, hoy Distrito Capital, previa consulta al Consejo Ambiental de Bogotá.
Que en el artículo 4º. del anterior Acuerdo se establece dentro de las funciones, del Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente – DAMA- la de promover a nivel comunitario, la realización de campañas y actividades formativas y divulgativas que fomenten la conciencia colectiva sobre la necesidad de participar en la preservación ambiental.
Que el Decreto 040 de 1993 señala que el Jardín Botánico “José Celestino Mutis” es un centro científico y de asesoramiento, dedicado primordialmente al cultivo, experimentación y estudio, con fines científicos, culturales, didácticos y prácticos, de toda clase de plantas; al apoyo de la ornamentación de la ciudad de Bogotá, D.C., y a la protección de la flora y la fauna nativa en sus predios o en los refugios que se establezcan en áreas cubiertas por bosques naturales.
Que los Acuerdos 4 de 1978 y 19 de 1996 asignaron al Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte (IDRD) las funciones de promover las actividades de recreación, arborización, mantenimiento y conservación de los parques de la ciudad.
Que el Acuerdo 1 de 1999 declaró como patrimonio ecológico de la ciudad de Bogotá, D.C. Bosque San Carlos ubicado en la localidad 18 Rafael Uribe Uribe de la ciudad.
Que en este Acuerdo se establecía que EL PARQUE NATURAL EL BOSQUE DE SAN CARLOS sería administrado directamente por el DAMA.
Que el Decreto 619 de 2000 señala en el artículo 36 los parques urbanos de recreación activa, incluyendo en el item 15 el Parque Bosque San Carlos.
Que el artículo 231 del anterior decreto identica al Parque Bosque San Carlos como de escala metropolitana y urbana integrante del Sistema Distrital de Parques.
Que de conformidad con lo anterior, corresponde su administración al Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte (IDRD).
Que el Decreto 308 de 2001 dispone que el Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente – DAMA es la autoridad ambiental dentro del perímetro urbano del Distrito Capital y la entidad rectora de la policía ambiental Distrital y coordinadora de su ejecución.
Que en mérito de lo expuesto
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Asignar al Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte – IDRD – la competencia en cuanto al mantenimiento, dotación, administración, preservación y aprovechamiento económico del Parque Bosque San Carlos, de conformidad con lo establecido en el Decreto 619 de 2000 y demás normatividad vigente.
ARTÍCULO 2. Asignar al Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente – DAMA – la competencia para formular los lineamientos técnicos para el manejo de la cobertura vegetal del Parque Bosque San Carlos, acorde con los criterios del Protocolo Distrital de Restauración Ecológica.
ARTÍCULO 3. Asignar al Jardín Botánico la ejecución de las actividades establecidas en los lineamientos técnicos elaborados por la Autoridad Ambiental competente, el DAMA.
ARTÍCULO 4. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital y deroga las disposiciones que le sean contrarias
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de Octubre de 2003
ANTANAS MOCKUS SIVICKAS
Alcalde Mayor
LILIANA CABALLERO DURAN
Secretaria General
NOTA: Publicado en el Registro Distrital 2974 de octubre 24 de 2003
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