Transporte público deberá garantizar acceso digno a personas con obesidad
La Corte Constitucional reconoció por primera vez la discriminación por diversidad corporal relacionada con el peso y ordenó adoptar medidas para evitar que los sistemas de transporte se conviertan en barreras de acceso.
El transporte público en Colombia tendrá que avanzar hacia condiciones de acceso más dignas e incluyentes para las personas con corporalidades diversas. La decisión surge luego de que la Corte Constitucional estudiara el caso de Natalia Pareja, una mujer que denunció haber sido discriminada por su peso al intentar abordar un bus en Armenia.
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“Salí a coger el transporte público en Armenia y paramos un bus. Al ingreso del bus, la registradora estaba muy pequeña y no pude ingresar”, relató Natalia, quien aseguró que, pese a su situación, no recibió una alternativa adecuada para acceder al vehículo.
La experiencia, según contó, le generó sentimientos de vulnerabilidad, frustración e impotencia. “Sentí que era un atropello que una persona subida de peso, por tener condiciones de salud, no la dejaran ingresar”, expresó.
Ante esta situación, Natalia interpuso una acción de tutela que llegó hasta la Corte Constitucional. El alto tribunal concluyó que la situación vulneró sus derechos fundamentales a la igualdad y la no discriminación, la libre locomoción y la dignidad humana.
La presidenta de la Corte Constitucional, Paola Meneses, explicó que el peso corporal ha sido históricamente relacionado con estereotipos negativos sobre la apariencia, la salud e incluso el valor de las personas, generando escenarios de discriminación estructural.
El tribunal reconoció que elementos como los torniquetes y registradoras cumplen una función legítima relacionada con la seguridad y la prestación eficiente del servicio. Sin embargo, advirtió que cuando su diseño impide el ingreso de personas con corporalidades diversas por razón de su peso y no existen mecanismos alternativos de acceso, puede configurarse una barrera discriminatoria.
Un cambio en la forma de entender la accesibilidad
La decisión marca un precedente en materia de movilidad y derechos humanos. La Corte señaló que los sistemas de transporte deben garantizar la accesibilidad de todas las personas y avanzar hacia un diseño universal, que tenga en cuenta las diferentes características corporales de quienes utilizan el servicio.
La obligación no se limita, por tanto, a permitir el ingreso físico a los vehículos. También implica garantizar condiciones que permitan a los usuarios movilizarse sin ser expuestos a situaciones humillantes, discriminatorias o que afecten su dignidad.
En ese sentido, la Corte Constitucional ordenó al Ministerio de Transporte promover una política pública con enfoque de derechos humanos que tenga en cuenta la dignidad de las personas con corporalidades diversas en razón del peso dentro de los sistemas de transporte.
El caso de Natalia pone sobre la mesa una discusión que va más allá del tamaño de una registradora o un torniquete: ¿están diseñados nuestros sistemas de transporte para la diversidad real de las personas que los utilizan?
Para la Corte, garantizar una movilidad digna significa que las características físicas de una persona no pueden convertirse en una razón para impedirle el acceso al transporte público. La inclusión, en este caso, también pasa por rediseñar espacios, eliminar barreras y ofrecer alternativas que permitan a todos los ciudadanos desplazarse en condiciones de igualdad y respeto.
Fuente: Noticias Caracol
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